El Consejo de Ministros de hoy ha aprobado el acuerdo de modificación de los tipos de interés aplicables a quienes tienen una hipoteca de un piso protegido mediante el marco de «hipoteca convenida» en algunos de los planes de vivienda recientes.
Esta actualización supone un descenso de un 0,15% aproximadamente en los indicadores de los planes más recientes, lo que supone unos 5 euros menos al mes sobre una cuota típica de unos 500 euros mensuales para un piso al que le queden unos 20 años de amortización pendiente. Es bastante menos de lo que ya se reflejó el pasado año a pesar de que los índices referidos a Euribor han caído a negativos el IRPH se sigue manteniendo convenientemente alto por parte de la banca.
ACTUALIZADOS LOS TIPOS DE INTERÉS DE LOS PRÉSTAMOS SOBRE VIVIENDAS PROTEGIDAS
- Con respecto a la anterior actualización, descienden los tipos de interés de todos los Planes de Vivienda 1996-99, 2002-2005 y 2005-2008, en línea con los descensos de los índices de referencia que ahora mismo hacen situarse al euribor en negativo con un valor medio este mes de marzo de -0,11
- La revisión se establece sobre los índices de referencia publicados por el Banco de España hasta enero, no incluyendo el índice de Febrero que ya lleva publicado casi dos semanas, pero que de aplicarse, desgraciadamente tampoco sería significativo, pues afectaría a una ligera bajada adicional aproximada de un 0,01%
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del Programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.
Los nuevos tipos de interés son los siguientes:
Tipo de interés revisado | |
---|---|
Programa 1996 (Plan 1996-1999) | 2,50 % |
Plan 2002-2005 | 1,74 % |
Plan 2005-2008 | 1,75 % |
Con respecto a la anterior actualización, cuyo acuerdo se aprobó en los Consejos de Ministros del 11 de abril de 2014 y del 26 de febrero 2016, bajan, como se constata en el Acuerdo hoy aprobado, los tipos de interés de los Planes de Vivienda 2002-2005 y 2005-2008, que se situaban, respectivamente, en el 1,87 por 100 y el 1,90 por 100. En el caso del Programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999, los tipos se mantienen en el 2,50 por 100.
Con carácter general, la revisión se realiza en función de la evolución de los tipos de referencia del mercado que son publicados por el Banco de España, tomando como referencia la variación de los últimos meses.
267.605 familias beneficiadas
El número de familias beneficiadas por esta reducción asciende a 267.605. La reducción media anual de la cuota será de entre 25,20 y 29,64 euros, en el caso del Plan 2002-05, y de 57,72 euros para el Plan 2005-2008.
La normativa vigente que regula el funcionamiento de los distintos Planes de Vivienda establece que en el primer trimestre de cada año procede revisar y modificar, en su caso, el tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos concedidos en los mencionados programas. Los criterios que se siguen para la revisión de estos tipos se fijan en la normativa de cada uno de los planes de vivienda. Su determinación está reglada.
Con respecto a la anterior actualización, cuyo acuerdo se aprobó en Consejo de Ministros del 26 de febrero de 2016, bajan, como se constata en el presente Acuerdo, los tipos de interés de los Planes de Vivienda 2002-2005 y 2005-2008, que se situaban, respectivamente, en el 2,60 por 100 y el 1,90 por 100.
Tipo de interés revisado
Recordamos a continuación los últimos índices publicados a título histórico
Programa 1995 (Plan 1992-95): ¿-,–%? (2014: 2,96%)
Programa 1998 (Plan 1996-1999): 2,60% (2015: 3,30% / 2014: 2,50% / 2013: 2,60% / 2012: 3,30 % / 2011: 2,50 % / 2010: 5,02 %)
Plan Estatal 1998-2001: ¿-,–%? (2014: 3,05 %)
Plan Estatal 2002-2005: 1,74% (2016: 1,87% / 2015: 2,37% / 2014: 2,97% / 2013: 2,76% / 2012: 3,38 % / 2011: 2,57 % / 2010: 2,58 % / 2009: 3,74%)
Plan Estatal 2005-2008: 1,75% (2016: 1,90% / 2015: 2,44% / 2014: 2,98% / 2013: 2,78% / 2012: 3,39 % / 2011: 2,57 % / 2010: 2,60 % / 2009: 4,01%)
La presión judicial a los índices relacionados con IRPH, que se lleva realizando desde hace meses y con algunas contadas victorias anulándolo por falta de transparencia, y la mayor presión sobre la banca, no consiguen que el IRPH baje lo que debería esperarse para adecuarse a la realidad del mercado hipotecario. Existen en Internet numerosas plataformas que reclaman que estos índices podrían estar siendo manipulados por la banca en tanto que son ellos los que establecen las referencias y, por tanto, podríamos estar pagando en nuestras hipotecas más de lo que realmente nos correspondería si no hubiera esa supuesta manipulación mediante acuerdos entre las entidades bancarias o incluso incluyendo en el cómputo los gastos y diferenciales que deberían excluirse de la ecuación.
Hace ya un par de años comentamos que oficialmente el IRPH había sido eliminado como tal de las publicaciones del Banco de España como un índice de referencia ya que supuestamente iba a ser sustituido por un nuevo índice IRS, que, sin embargo, no parece haber influido ni destacado. El Banco de España sigue publicando mensualmente el índice IRPH del conjunto de Entidades sobre el que se realizan estos cálculos. Respecto a hipotecas referenciadas a estos índices (Cajas, Entidades, etc.) hay numerosas sentencias que avalan que los índices son manipulados y que son faltos de transparencia por la propia banca y por tanto se consideran abusivos. Crece este tipo de demandas de hipotecas particulares que acabaron este año en los tribunales europeos que sentenciaron no ajustarse a la legislación europea y dando cuenta de su anómalo funcionamiento, no obstante los principales partidos apostaron por anular la comunicación oficial de las conclusiones desde el organismo europeo encargado del estudio hacia el gobierno de España, lo cual frena el mecanismo que debería proteger a los usuarios de la continuidad de la aplicación de estos índices en nuestras hipotecas.
NO obstante este año se ha interpelado al gobierno sobre estos problemas con los índices y en especial los que afectan a estos planes de vivienda y es de esperar que se siga luchando en este sentido. Los que estamos sometidos a este sistema de cálculo publicado anualmente por el gobierno estaremos aún sin posibilidad de reclamar ningún tipo de devolución o compensación ni de cambio del sistema establecido en tanto la justicia no dictamine en contra del índice como sí lo ha hecho ya contra las cláusulas suelo y contra los gastos de constitución de las hipotecas y los de Actos Jurídicos Documentados
En el acuerdo de aprobación del Consejo de Ministros no se ha incluido la revisión y modificación de los tipos de interés de los préstamos convenidos concedidos al amparo de los sucesivos Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y siguientes, al revisarse, en este caso, automáticamente con referencia al euribor.»
En cuanto se publique en el BOE habrá que dejar un plazo de 30 días y a partir de ahí las renovaciones de las cuotas de las hipotecas incorporarán las subidas establecidas.
Enlace al resumen del Consejo de Ministros del 31/3/17