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El IRPH es declarado contrario a la legislación Europea.
El índice IRPH, sobre el cual se sustentan el 100% de las hipotecas convenidas de los planes de vivienda hasta el 2009-2012 que fue el primero que hizo referencia al Euribor, según acabamos de conocer a través de un grupo de Facebook sobre el IRPH, acaba de ser resuelto por el Parlamento Europeo como contrario a la normativa europea. Esto supone un cambio en la perspectiva actual de las hipotecas convenidas y todas aquellas sometidas a liquidaciones conforme a un índice que hace años que se conoce que es manipulado por la banca para su propio beneficio y que se ha mantenido elevado incluso en los tiempos más bajos del índice más común, el Euribor. Se abre ahora un plazo para que se apliquen estas resoluciones y en el que aquellos que pagamos estas hipotecas tendremos que ver cómo se nos regula los futuros pagos y, de la misma forma, si ha lugar a una compensación para la devolución de los excesos abonados en estos últimos años.
La Resolución se puede ver en el siguiente enlace:
http://goo.gl/S0zt2Y
Y en sus conclusiones o resoluciones incluye, con especial interés en el punto 9, las siguientes:
«1. Pide a la Comisión que supervise la aplicación de la sentencia en el asunto C-415/11 (Aziz) en todos los Estados miembros, así como de la Directiva 93/13/CEE sobre legislación hipotecaria, con el fin de garantizar su pleno cumplimiento por las autoridades nacionales;
2. Pide a las entidades financieras en toda la Unión que pongan fin a los comportamientos abusivos hacia los clientes en el sector de las hipotecas, productos financieros sofisticados y tarjetas de crédito, incluida la imposición de intereses excesivos y la cancelación arbitraria de los servicios;
3. Pide a las entidades financieras en toda la Unión que se abstengan de recurrir al desahucio de las familias que viven en su única residencia y que, en lugar de ello, se comprometan a adoptar medidas de reestructuración de la deuda y de alquiler social;
4. Pide a la Comisión que elabore una lista negra exhaustiva de entidades financieras en toda la Unión implicadas con frecuencia en malas prácticas bancarias;
5. Pide al Gobierno de España que utilice los instrumentos a su disposición para encontrar una solución global que permita reducir de forma drástica el número intolerable de desahucios;
6. Pide a la Comisión que siga atentamente la transposición en todos los Estados miembros de la Directiva 2014/17/UE sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial (Directiva sobre créditos hipotecarios);
7. Pide a la Comisión que elabore propuestas legislativas destinadas a armonizar las cláusulas de los contratos hipotecarios y los procedimientos de reembolso de la deuda con miras a reforzar la protección de los consumidores en toda la UE, teniendo también en cuenta la posibilidad de introducir la dación en pago en todos los Estados miembros;
8. Pide a la Comisión que comparta las mejores prácticas en la aplicación de la dación en pago en algunos Estados miembros, y que evalúe sus efectos en los consumidores y las empresas;
9. Advierte, como pone de relieve la petición 1249/2013, que el uso del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios es contrario a la Directiva 93/13/CEE;
10. Señala a la Comisión las dudas expresadas por el Abogado General de la UE acerca de la legalidad de las medidas adoptadas por el Gobierno español con el fin de dar solución a los incumplimientos denunciados por el Tribunal de Justicia el 14 de marzo de 2013 y evitar las prácticas abusivas en el sector hipotecario;
11. Pide a la Comisión que supervise estrechamente la aplicación efectiva de las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno español para resolver los problemas actuales y prevenir las prácticas abusivas de bancos y operadores;
12. Pide a la Comisión que emprenda campañas de información sobre los productos financieros y que refuerce los conocimientos en materia financiera con medidas de formación, con miras a garantizar que los ciudadanos europeos estén mejor informados de los riesgos inherentes a la adquisición de productos financieros;
13. Pide a la Comisión que comparta las mejores prácticas que refuerzan la protección de los ciudadanos en situaciones de dificultad económica; considera que una formación financiera básica debería considerarse un valor complementario para evitar las consecuencias de un endeudamiento excesivo;
14. Pide a la Autoridad Bancaria Europea (ABE) y al Banco Central Europeo (BCE) que emprendan una campaña de mejores prácticas dirigida a alentar a las entidades bancarias y a su personal a que ofrezcan una información clara, comprensible y correcta; destaca que los consumidores deben poder tomar decisiones informadas partiendo de un conocimiento exhaustivo de los riesgos en que pueden incurrir, y que los operadores y las entidades bancarias no pueden inducir a error a los consumidores;
15. Pide a la ABE y al BCE que, con el fin de proteger la solidez del sector financiero de la Unión, adopten medidas adicionales encaminadas a separar las operaciones potencialmente arriesgadas de las actividades de constitución de depósitos, cuando el ejercicio de dichas operaciones pueda comprometer la estabilidad financiera;
16. Pide a la Comisión y al BCE que evalúen el mecanismo de arbitraje establecido en España para los ciudadanos que son víctimas de fraude financiero;
17. Pide a la Comisión que supervise la correcta transposición y aplicación de la legislación de la UE por parte de España en el ámbito de los instrumentos financieros, incluidas las participaciones preferentes;
18. Pide a la Comisión que verifique las quejas recibidas y lleve a cabo las investigaciones necesarias;
19. Pide a la Comisión que presente una propuesta legislativa sobre la insolvencia de las familias y la apertura de segundas oportunidades para los particulares y los hogares;
20. Pide a la Comisión que examine la oportunidad de revisar el ámbito de aplicación de la Directiva 2014/17/UE, en consonancia con la cláusula de revisión establecida en la propia Directiva, con el fin de garantizar que los procedimientos de liquidación de la deuda y la relación contractual entre el consumidor y el prestamista se integren en todas las fases del contrato;
21. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Gobierno español, al Consejo, a la Comisión y al Banco Central Europeo.»
AS
El índice IRPH, sobre el cual se sustentan el 100% de las hipotecas convenidas de los planes de vivienda hasta el 2009-2012 que fue el primero que hizo referencia al Euribor, según acabamos de conocer a través de un grupo de Facebook sobre el IRPH, acaba de ser resuelto por el Parlamento Europeo como contrario a la normativa europea. Esto supone un cambio en la perspectiva actual de las hipotecas convenidas y todas aquellas sometidas a liquidaciones conforme a un índice que hace años que se conoce que es manipulado por la banca para su propio beneficio y que se ha mantenido elevado incluso en los tiempos más bajos del índice más común, el Euribor. Se abre ahora un plazo para que se apliquen estas resoluciones y en el que aquellos que pagamos estas hipotecas tendremos que ver cómo se nos regula los futuros pagos y, de la misma forma, si ha lugar a una compensación para la devolución de los excesos abonados en estos últimos años.
La Resolución se puede ver en el siguiente enlace:
http://goo.gl/S0zt2Y
Y en sus conclusiones o resoluciones incluye, con especial interés en el punto 9, las siguientes:
«1. Pide a la Comisión que supervise la aplicación de la sentencia en el asunto C-415/11 (Aziz) en todos los Estados miembros, así como de la Directiva 93/13/CEE sobre legislación hipotecaria, con el fin de garantizar su pleno cumplimiento por las autoridades nacionales;
2. Pide a las entidades financieras en toda la Unión que pongan fin a los comportamientos abusivos hacia los clientes en el sector de las hipotecas, productos financieros sofisticados y tarjetas de crédito, incluida la imposición de intereses excesivos y la cancelación arbitraria de los servicios;
3. Pide a las entidades financieras en toda la Unión que se abstengan de recurrir al desahucio de las familias que viven en su única residencia y que, en lugar de ello, se comprometan a adoptar medidas de reestructuración de la deuda y de alquiler social;
4. Pide a la Comisión que elabore una lista negra exhaustiva de entidades financieras en toda la Unión implicadas con frecuencia en malas prácticas bancarias;
5. Pide al Gobierno de España que utilice los instrumentos a su disposición para encontrar una solución global que permita reducir de forma drástica el número intolerable de desahucios;
6. Pide a la Comisión que siga atentamente la transposición en todos los Estados miembros de la Directiva 2014/17/UE sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial (Directiva sobre créditos hipotecarios);
7. Pide a la Comisión que elabore propuestas legislativas destinadas a armonizar las cláusulas de los contratos hipotecarios y los procedimientos de reembolso de la deuda con miras a reforzar la protección de los consumidores en toda la UE, teniendo también en cuenta la posibilidad de introducir la dación en pago en todos los Estados miembros;
8. Pide a la Comisión que comparta las mejores prácticas en la aplicación de la dación en pago en algunos Estados miembros, y que evalúe sus efectos en los consumidores y las empresas;
9. Advierte, como pone de relieve la petición 1249/2013, que el uso del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios es contrario a la Directiva 93/13/CEE;
10. Señala a la Comisión las dudas expresadas por el Abogado General de la UE acerca de la legalidad de las medidas adoptadas por el Gobierno español con el fin de dar solución a los incumplimientos denunciados por el Tribunal de Justicia el 14 de marzo de 2013 y evitar las prácticas abusivas en el sector hipotecario;
11. Pide a la Comisión que supervise estrechamente la aplicación efectiva de las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno español para resolver los problemas actuales y prevenir las prácticas abusivas de bancos y operadores;
12. Pide a la Comisión que emprenda campañas de información sobre los productos financieros y que refuerce los conocimientos en materia financiera con medidas de formación, con miras a garantizar que los ciudadanos europeos estén mejor informados de los riesgos inherentes a la adquisición de productos financieros;
13. Pide a la Comisión que comparta las mejores prácticas que refuerzan la protección de los ciudadanos en situaciones de dificultad económica; considera que una formación financiera básica debería considerarse un valor complementario para evitar las consecuencias de un endeudamiento excesivo;
14. Pide a la Autoridad Bancaria Europea (ABE) y al Banco Central Europeo (BCE) que emprendan una campaña de mejores prácticas dirigida a alentar a las entidades bancarias y a su personal a que ofrezcan una información clara, comprensible y correcta; destaca que los consumidores deben poder tomar decisiones informadas partiendo de un conocimiento exhaustivo de los riesgos en que pueden incurrir, y que los operadores y las entidades bancarias no pueden inducir a error a los consumidores;
15. Pide a la ABE y al BCE que, con el fin de proteger la solidez del sector financiero de la Unión, adopten medidas adicionales encaminadas a separar las operaciones potencialmente arriesgadas de las actividades de constitución de depósitos, cuando el ejercicio de dichas operaciones pueda comprometer la estabilidad financiera;
16. Pide a la Comisión y al BCE que evalúen el mecanismo de arbitraje establecido en España para los ciudadanos que son víctimas de fraude financiero;
17. Pide a la Comisión que supervise la correcta transposición y aplicación de la legislación de la UE por parte de España en el ámbito de los instrumentos financieros, incluidas las participaciones preferentes;
18. Pide a la Comisión que verifique las quejas recibidas y lleve a cabo las investigaciones necesarias;
19. Pide a la Comisión que presente una propuesta legislativa sobre la insolvencia de las familias y la apertura de segundas oportunidades para los particulares y los hogares;
20. Pide a la Comisión que examine la oportunidad de revisar el ámbito de aplicación de la Directiva 2014/17/UE, en consonancia con la cláusula de revisión establecida en la propia Directiva, con el fin de garantizar que los procedimientos de liquidación de la deuda y la relación contractual entre el consumidor y el prestamista se integren en todas las fases del contrato;
21. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Gobierno español, al Consejo, a la Comisión y al Banco Central Europeo.»
AS
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Con vigencia desde ayer se ha modificado…
Con vigencia desde ayer se ha modificado el plazo legal para prescripción de reclamaciones:
«Se modifica, o se reforma el plazo de prescripción para la reclamación de las acciones personales que no tengan establecido un plazo especial, reduciéndose de 15 años a 5 años. Acciones personales como por ejemplo:
· Reclamaciones que puedan surgir por el incumplimiento de las obligaciones reflejadas en un contrato de compraventa, o de arras o señal.
· Resolución de un contrato por incumplimiento.
· Reclamación de un copropietario contra la comunidad de propietarios por daños causados por elementos comunes.
· Reclamación de una deuda.
En referencia a este último supuesto, el de la reclamación de una deuda, es de reseñar, que para que no haya lugar a equívocos, el texto de la reforma vuelve a ratificar el plazo que ya existía para las acciones hipotecarias (las que, por cierto, también son deudas), y que no es otro que el de 20 años.
En resumen, se acortan o abrevian los plazos de reclamación de los particulares y de las empresas y profesionales, en la nada despreciable cantidad de 10 años, pero, sin embargo, se mantiene el plazo de 20 años para la reclamación de una deuda hipotecaria.»
http://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2015/10/07/739480-el-gobierno-aprueba-de-tapadillo-una-reduccion-drastica-del-plazo-para-reclamar
AS
«Se modifica, o se reforma el plazo de prescripción para la reclamación de las acciones personales que no tengan establecido un plazo especial, reduciéndose de 15 años a 5 años. Acciones personales como por ejemplo:
· Reclamaciones que puedan surgir por el incumplimiento de las obligaciones reflejadas en un contrato de compraventa, o de arras o señal.
· Resolución de un contrato por incumplimiento.
· Reclamación de un copropietario contra la comunidad de propietarios por daños causados por elementos comunes.
· Reclamación de una deuda.
En referencia a este último supuesto, el de la reclamación de una deuda, es de reseñar, que para que no haya lugar a equívocos, el texto de la reforma vuelve a ratificar el plazo que ya existía para las acciones hipotecarias (las que, por cierto, también son deudas), y que no es otro que el de 20 años.
En resumen, se acortan o abrevian los plazos de reclamación de los particulares y de las empresas y profesionales, en la nada despreciable cantidad de 10 años, pero, sin embargo, se mantiene el plazo de 20 años para la reclamación de una deuda hipotecaria.»
http://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2015/10/07/739480-el-gobierno-aprueba-de-tapadillo-una-reduccion-drastica-del-plazo-para-reclamar
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Nos informan de un nuevo negocio en el…
Nos informan de un nuevo negocio en el barrio, un centro de enseñanza en inglés, en Teixugueiras 14.
SMART Language Learning
AS
https://www.facebook.com/SMART-Language-Learning-109483325757013/
SMART Language Learning
AS
https://www.facebook.com/SMART-Language-Learning-109483325757013/
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A partir de hoy se pueden solicitar ayudas para mobiliario y obras de reformas de cocinas y baños. Hasta un 40% de subvención sobre inversiones de más de 1210 euros.
Todos los detalles en la convocatoria del programa Reforma15 enlazada en PDF del DOG de 24/9/15
http://www.xunta.es/dog/Publicados/2015/20150924/AnuncioO92-180915-0001_gl.pdf
AS
Todos los detalles en la convocatoria del programa Reforma15 enlazada en PDF del DOG de 24/9/15
http://www.xunta.es/dog/Publicados/2015/20150924/AnuncioO92-180915-0001_gl.pdf
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Una conocida web que posiciona «picaderos» sobre los mapas de Google Maps incluye a uno en nuestro barrio… en la zona de Pedra Seixa.
Yo me preguntaba que cómo daría la gente con estos sitios porque a nuestro barrio hay que entrar ya que por la falta de comunicaciones es difícil que le pille a nadie de camino hacia ningún sitio, pero es que lo ponen tan fácil las nuevas tecnologías…
AS
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AS