Se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de la infraestructura gasista en los polígonos 1, 2 y 3 de San Paio de Navia

DOG Núm. 182 Viernes, 20 de septiembre de 2024 Pág. 51534

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2024, del Departamento Territorial de Pontevedra, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de la infraestructura gasista consistente en la instalación de gas natural canalizado en los polígonos 1, 2 y 3 San Paio de Navia, en el ayuntamiento de Vigo, promovido por Nedgia Galicia, S.A. (expediente IN627A 2022/001-4).

Expediente: IN627A 2022/001-4.

Promotora: Nedgia Galicia, S.A. (NIF A15383284).

Infraestructura gasista: construcción de instalaciones de distribución de gas natural.

Ayuntamiento: Vigo.

Hechos:

1. El 12.3.1993, la Consellería de Innovación, Industria e Comercio otorgó a Enagas, S.A., la concesión administrativa para la prestación del servicio público de suministro de gas natural para usos domésticos, comerciales e industriales en los términos municipales de Vigo, Porriño y Tui, entre otros.

2. El 13.10.1995, la Dirección General de Industria aprobó el proyecto de ejecución y autorizó las instalaciones recogidas en el proyecto de la red de distribución de gas natural para usos industriales «Red Porriño-Vigo». Mediante resoluciones de 29.10.1997, 4.2.1998, 28.6.1999 y 16.1.2001, se autorizaron respectivamente las adendas I, II, III y IV a dicho proyecto.

3. El 20.1.2000, la Consellería de Innovación, Industria y Comercio autorizó la transmisión de las instalaciones ubicadas en esta comunidad autónoma, de acuerdo con la operación de escisión de la rama de distribución de gas hecha por la empresa Enagas, S.A., a favor de Gas Galicia SDG, S.A.

4. El 1.10.2001, 17.10.2001 y 14.11.2001, se aprobaron los proyectos de instalaciones «Variantes del trazado de la Red Porriño-Vigo», «Adenda variantes del trazado de la Red Porriño-Vigo» y «Anexo a la adenda III de las redes de Pontevedra, Red Porriño-Vigo», en los términos municipales de Mos, Porriño y Vigo.

5. El 20.2.2018, Gas Galicia SDG, S.A., comunica el cambio de denominación social a Nedgia Galicia, S.A.

6. El 23.5.2022, Nedgia Galicia, S.A. solicitó la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la infraestructura gasista consistente en la instalación de gas natural canalizado en los polígonos 1, 2 y 3 San Paio de Navia, en el ayuntamiento de Vigo.

El proyecto de ejecución que acompaña la solicitud fue firmado por la ingeniera técnica industrial Alejandra Risco Barba, colegiada 25430 del Colegio de Ingenieros Técnico Industrial de Madrid, el 26.4.2022, y en el que figura un presupuesto total de 162.675,87 euros.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que consiste en la construcción de una nueva red de gas natural de 5.678 metros en los polígonos 1, 2 y 3 de San Paio de Navia. Esta red se va a legalizar a una MOP de 4 bar.

7. Este departamento territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, es decir, el Ayuntamiento de Vigo, Demarcación de Carreteras del Estado, R-Cable y Telecable Telecomunicaciones, Telefónica España, S.A.U. y UFD Distribución Electricidad, S.A.

Se recibieron informes de todos los organismos y empresas consultados. Los informes recibidos, con los condicionados establecidos, en su caso, fueron trasladados a Nedgia Galicia, S.A. que manifestó su conformidad con su contenido.

8. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante la Resolución de 16.10.2023, publicada en los siguientes medios:

• DOG (Diario Oficial de Galicia): 21.11.2023.

• BOPPO (Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra): 22.4.2024.

• Periódico Faro de Vigo: 17.11.2023.

• La Voz de Galicia: 17.11.2023.

• Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vigo, conforme certificado de exposición pública emitido por el propio ayuntamiento.

• Portal de la transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía, Industria e Innovación.

Durante este trámite non se recibieron alegaciones.

9. El 30.5.2024, los servicios técnicos de este departamento territorial informaron favorablemente la solicitud de autorización y aprobación del proyecto de ejecución.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Dirección Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en la Orden de 30 de noviembre de 1999, de la Consellería de Industria y Comercio, sobre la tramitación de autorizaciones administrativas de las canalizaciones de gas (DOG nº 244, de 21 de diciembre), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG nº 101, de 27 de mayo).

2. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos (BOE nº 241, de 8 de octubre), modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio (BOE nº 158, de 3 de julio).

– Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de las instalaciones de gas natural (BOE nº 313, de 31 de diciembre).

– Real decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11 (BOE nº 211, de 4 de septiembre) y, en particular, lo dispuesto en la ITC-ICG 01 Instalaciones de distribución de combustibles gaseosos por canalización.

– Decreto 62/2010, de 15 de abril, de la Consellería de Economía e Industria, por el que se regula el trámite de competencia y los criterios de valoración en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de transporte secundario y distribución de gas natural y redes de distribución de gases licuados del petróleo (GLP) (DOG nº 77, de 26 de abril).

– Decreto 51/2011, de 17 de marzo, de la Consellería de Economía e Industria, por el que se actualiza la normativa en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Galicia para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DOG nº 65, de 1 de abril).

3. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:

Objeto del proyecto: construcción de una nueva red de gas natural de 5.678 metros en los polígonos 1, 2 y 3 de San Paio de Navia, con los siguientes diámetros: 1.046 metros de PE DN 110, SDR 17,6; 478 metros de PE DN 90, SDR 17,6; y 4.154 metros de PE DN 63, SDR 17,6.

Presión de operación (MPO): 4 bar.

Instalaciones auxiliares: 7 válvulas de línea (tres DN 110, tres DN 90 y una DN 63).

Conforme a lo indicado,

RESUELVO:

1. Autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la infraestructura gasista consistente en la instalación de gas natural canalizado en los polígonos 1, 2 y 3 San Paio de Navia, en el ayuntamiento de Vigo, promovido por Nedgia Galicia, S.A. (expediente IN627A 2022/001-4).

2. La autorización de las instalaciones se concederá con las siguientes condiciones:

Las instalaciones que se autorizan se realizarán de acuerdo con las especificaciones y planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa promotora, Nedgia Galicia, S.A., titulado Proyecto para la autorización de ejecución de instalaciones de gas natural canalizado en los polígonos 1, 2 y 3 San Paio de Navia en el ayuntamiento de Vigo (Pontevedra), y firmado el 26.4.2022 por la ingeniera técnica industrial Alejandra Risco Barba (colegiada nº 25430 del COETIM).

Las instalaciones y sus montajes deberán cumplir las disposiciones y normas técnicas que, en general, sean de aplicación y, en particular, las correspondientes al Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos con sus instrucciones técnicas complementarias y las normas que los completan, reglamentos electrotécnicos, normas UNE y demás normativa y directrices vigentes, así como cuantas las sustituyan o se dicten a nivel estatal o de esta comunidad autónoma, y deberán preverse para responder a los avances tecnológicos en el ámbito del gas y lograr abastecimientos flexibles y seguros.

Además Nedgia Galicia, S.A. vigilará que las canalizaciones de gas respeten en todo momento las exigencias dispuestas en las autorizaciones y/o informes emitidos por otras administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general y, en particular, en aquellas zonas en las que en el subsuelo se encuentren instalados otros servicios, tales como electricidad, telecomunicaciones, suministro de agua, etc., las conducciones del gas serán instaladas de manera que se cumplan escrupulosamente las distancias de seguridad previstas en sus respectivas normativas sectoriales.

Si durante la fase de ejecución de las obras se tuvieran que adoptar medidas técnicas no recogidas en este proyecto, y previo a su ejecución, se deberá de disponer del pertinente visto bueno de esta dirección territorial.

Todas las modificaciones efectuadas en la fase de ejecución deberán de ser recogidas en la dirección de obra, siempre y cuando no superen un 20 % respecto de las instalaciones recogidas en este proyecto, y solo en lo que se refiere al cambio de trazado, superado este límite deberán aportar la correspondiente adenda para su aprobación por parte de esta jefatura territorial.

Esta dirección territorial reservará para sí el derecho a dejar sin efecto la autorización que se considere procedente emitir, en el momento en que se compruebe el incumplimiento de las condiciones reglamentarias o de cualquiera de las condiciones precedentes.

El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución. Una vez construidas las instalaciones autorizadas, la empresa promotora deberá presentar la solicitud de puesta en servicio ante este departamento territorial.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 27 de junio de 2024

Beatriz López del Olmo
Directora territorial de Pontevedra

 

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