El Consejo de Ministros de hoy, con más de 2 meses de retraso sobre lo establecido en la normativa aplicable a los cálculos y publicaciones anuales de los tipos de interés (lo cual nos ha favorecido estos dos meses), ha aprobado el acuerdo de modificación de los tipos de interés aplicables a quienes tienen una hipoteca de un piso protegido mediante el marco de «hipoteca convenida» en algunos de los planes de vivienda recientes.
Esta actualización supone una subida de un 0,8% aproximadamente en los indicadores, lo que supone unos 30-50 euros más al mes sobre una cuota típica de unos 500 euros mensuales para un piso al que le queden unos 20 años de amortización pendiente.
«ACTUALIZADOS LOS TIPOS DE INTERÉS DE LOS PRÉSTAMOS SOBRE VIVIENDAS PROTEGIDAS
La revisión se establece sobre los índices de referencia publicados por el Banco de España.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo mediante el cual se revisan y modifican los tipos de interés de los préstamos sobre viviendas protegidas concedidos en el marco de los Planes Estatales de Vivienda 1998-2001, 2002-2005, y 2005-2008, así como del Programa 1997 (Plan 1996-1999).
Los nuevos tipos de interés son los siguientes:
Programa 1997 (Plan 1996-1999): 3,30 % (2011: 2,50 % / 2010: 5,02 %)
Plan Estatal 1998-2001: 3,05 %
Plan Estatal 2002-2005: 3,38 % (2011: 2,57 % / 2010: 2,58 %)
Plan Estatal 2005-2008: 3,39 % (2011: 2,57 % / 2010: 2,60 %)
Los criterios que se siguen para la revisión de estos tipos se fijan en la normativa de cada uno de los planes de vivienda. Con carácter general, la revisión se realiza a partir de un promedio del tipo de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades financieras publicado por el Banco de España en los últimos meses.
En el acuerdo de aprobación del Consejo de Ministros no se ha incluido la revisión y modificación de los tipos de interés de los préstamos convenidos concedidos al amparo del vigente Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, al revisarse, en este caso, automáticamente con referencia al euribor.»
En cuanto se publique en el BOE habrá que dejar un plazo de 30 días y a partir de ahí las renovaciones de las cuotas de las hipotecas incorporarán las subidas establecidas.
Enlace al resumen del Consejo de Ministros del 18/5/12